La diferencia entre estos dos términos es un tema que deberían tener muy claro todos los consumidores, pero he observado que no es así, y que en ocasiones la gente los confunde.
La fecha de caducidad implica que una vez rebasada la fecha impresa en el producto, éste podría causar daños en nuestra salud. Si se ha alcanzado la fecha indicada, por tanto, ese producto no se debería ingerir.
En cambio la fecha de consumo preferente indica que el producto ya no ofrece la plena calidad que debería ofrecer. Puede haber perdido alguna de sus cualidades o no ser enteramente satisfactorio. Esto quiere decir que pueden verse alteradas sus características organolépticas (olor, sabor,..). El producto sí podría consumirse pero nunca nos deberíamos encontrar comercializado un producto con la fecha de consumo rebasada.
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